domingo, 10 de abril de 2016

Conciliación De Los Mecanismos De Solucion de Conflictos

CONCILIACIÓN DE LOS MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.


Los mecanismos de solución de conflictos, se puede denominar en una metodología que se extiende a grupos sociales y aun a estados envueltos en discrepancias, los cuales buscan evitar una jurisdicción convencional de jueces, tribunales y organismos institucionales, que va desde la directa solución entre las partes o la intervención de terceros, ya que si bien es cierto son los propios involucrados en buscar la solución quienes resuelven el conflicto generando un buen entendimiento entre los extremos discrepantes.

La metodología muestra una identificación clara tanto del mecanismo como de su pronta solución satisfactoria a este conflicto a tratar, se hace el respectivo análisis de la normatividad con el que se pretende dar solución basados en la regulación de carácter legar y bajo el reglamento adecuado.



Para construir la memoria histórica y hacer aportes para la verdad es un paso fundamental para la construcción de paz en cualquier territorio de pos-conflicto por que conocerla es parte de la reparación de las victimas. La construcción de la memoria histórica es un proceso que busca construir una verdad fundamentada en todos los actores que han sido afectados de manera directa. Como lo recogen en su tesis doctoral  fuentes y cote (2004) La memoria es ineludible en el campo de la justicia, pues el conocimiento de la verdad del delito, de su difusión publica y de la preservación del recuerdo de la víctima depende en alto grado que la impunidad no se prolongue indefinidamente en el tiempo.

Si es cierto que Los actores armados de uno u otro lado buscan instaurar y manipular  sus versiones del pasado como verdades absolutas y presentar sus intereses particulares y tener control de la historia y de la memoria. En un contexto así, hay un esfuerzo de búsqueda de justicia para las víctimas, esta recolección de memoria busca precisamente oponerse a la imposición de una memoria política, y  por lo contrario busca construir la verdad colectiva a partir de cada relato que se obtiene de las víctimas. Ésta  servirá para convertirse en el terreno desde el cual se favorece la formación de identidades individuales y colectivas más democráticas y responsables.



Además, con la construcción de la memoria histórica se  analizan los hechos violentos, en particular las formas de infracción al Derecho Internacional Humanitario (DIH) y la Múltiples violaciones a los derechos humanos (DH) ocurridas en la confrontación, cuya documentación, evaluación y reconocimiento público definen el horizonte donde se puede impartir penas y sanciones, Satisfacen la necesidad de verdad de las víctimas, les da tranquilidad ,permite descubrir responsables y diseñar políticas públicas que enfrenten esas violaciones y traten de resolver las dificultades  que existen y permitan construir una sociedad sobre bases sólidas firmes y respetuosas para los derechos humanos hacia el futuro.

La iniciativa de construcción democrática de la memoria histórica del conflicto debe propiciar la elaboración, y transmisión de historias más enrevesadas y diversas sobre la guerra individual, comunal, y nacional, muchas veces los actores del conflicto hombres de letras o de armas, son lo que  inyectan relatos heroicos con la conveniencia de adquirir centralidad y dignidad a la hora de escribir la historia. Discriminando así  los atributos asociados a personas  y comunidades enteras que han sido objeto de valor, heroísmo y son víctimas de los actores del conflicto, por eso se busca construir una verdad desde el relato de cada particular y llegar a construir narrativas nacionales desde las memorias para la reafirmación de las Identidades generalmente segregadas y perseguidas, por eso es necesario un escenario para el diálogo entre voces que muchas veces se desconocen recíprocamente y  donde se enfrenten versiones del pasado. Estos procesos de diálogo y de disputa, son necesarios  para un  reconocimiento y  posicionamiento de las identidades social y culturalmente devaluadas.

También es importante realizar un trabajo de duelo en el cual la comunidad se reconcilie de manera tal que logre superar y aprender del conflicto, así lo relatado  se constituye en un espejo para que los sectores antes enfrentados se reconozcan y valoren a partir de su pasado como un solo pueblo.  De esta manera las comisiones contribuyen al fortalecimiento de la memoria colectiva y por consiguiente a la formación de la identidad de una comunidad.



Referencias
Sánchez. G, (2009). Recordar y narrar el conflicto Herramientas para reconstruir memoria histórica. Área de Memoria Histórica - CNRR –.

Fuentes. D; Cote. G, (2004).El papel de las comisiones  de la verdad en la formación  de la memoria histórica: ¿construcción de un relato? .facultad de ciencias jurídicas. Universidad pontificia javeriana. Recuperado de: http://www.rutapacifica.org.co/descargas/comisionverdad/memoriaparavida.pdf


Redactado por Cindy McCormick C

Causas Económicas de las Guerras en la Solución de Conflictos

CAUSAS ECONÓMICAS DE LAS GUERRAS CIVILES Y SUS IMPLICACIONES PARA EL DISEÑO DE POLÍTICAS EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.




Cuando se habla de conflicto se hablará de dos o más partes opuestas que divulgan y protegen sus ideales u objetivos y más cuando estos son o deben ser difundidos para equiparar la atención o ganar más adeptos dentro o fuera de cada régimen, vemos que una de las maneras más efectivas y eficaces es por los medios masivos de comunicación ya que el mensaje llega de manera directa y simultánea a muchas personas, sin embargo detrás del mensaje positivo o negativo que cada opositor quiere difundir hay un sinfín de personas que trabajan como profesionales de relaciones públicas para dar una explicación a las acciones generadas por cada una de las partes, y así estas sean vistas de manera objetiva poniendo a su opositor en desventaja ya tomaran las malas acciones del contrincante como objetivo para hacer entender su ideal.


Esto puede generar conflictos políticos de manera intensa y aunque no es habitual se puede presentar que estos conflictos pasen a un ámbito violento no obstante por imagen hacia la sociedad no suelen ser muy duraderos.


Sin embargo hay otro tipo de conflicto donde si llega a ser duradero y puede trascender de un contorno interno a uno externo y se puede ver en el momento que las características de los opositores es de un ámbito económico, cuando hay de por medio posesiones preciadas, cuando se requiere de la explotación de manera incontrolada y acelerada de un recurso primario escaso o simplemente cuando su motivo de lucha es la codicia y/o las ansias de poder, haciendo que este se convierta más que en un ideal de lucha en algo subjetivo y que el medio de la discusión y la confrontación entre las partes se genere de manera diferente ya que su principal deseo es conseguir este fin de cualquier modo, sin importar las fronteras que deba sobrepasar o el precio que este requiere, ya que la mayoría de ellos son patrocinados económicamente y forjan una metodología donde generalmente se infunden actos delictivos o intervienen de manera violenta colocando al contrincante y sus aliados como un objetivo para eliminar y así llegar de manera más rápida a su ideal o propósito que es el empoderamiento total o parcial del bien o la meta que se demanda.



Si bien la diferencia entre los tipos de conflictos mencionados anteriormente es por la pauta de violencia que provoca y generan internamente y los efectos que este mismo puede provocar dentro o fuera de la sociedad afectada, o por el mensaje que difunde al interior de la comunidad para llegar a un fin común o propio, también debemos saber que dentro de este escenario la sociedad como tal y cada uno de los habitantes afectados o no, juegan un papel importante dentro de este conflicto ya que es el principal objetivo que se ve afectado por la guerra y disputa entre las partes, así mismo genera un descontento social ya que esta disputa pone en riesgo factores que pueden ser ambientales, recursos naturales, económicos o la vida de los propios habitantes generando en si un nuevo conflicto que puede llevar a la destrucción masiva, a la pobreza extrema y guerras donde priman el odio irracional y la violencia, y muchas veces estas guerras son intencionadas ya que generan un beneficio propio para una de las partes sin importar la sociedad civil.

La vía más correcta y directa para atacar de raíz la corrupción, los actos violentos por un bien o un fin propio de los gobiernos o los rebeldes y donde la sociedad puede defender la tranquilidad, sus bienes o recursos primarios, es primando la democracia y dando una buena solución a este conflicto es dándose cuenta los intereses que las partes quieren ya que muchos de ellos necesitan de estos actos violentos para surgir y beneficiarse sin embargo se entiende que no es un proceso fácil y más saber cuáles son los verdaderos propósitos de estos grupos, pero si la misma comunidad establece fronteras o delimita la contienda de la violencia puede generar un surgimiento y el beneficio para todo un pueblo.


Bibliografía

COLLIER, P. (2001). CAUSAS ECONÓMICAS DE LAS GUERRAS CIVILES Y SUS IMPLICACIONES PARA EL DISEÑO DE POLÍTICAS . MALPENSANTE , 30-52.


Redactado por Cindy McCormick C



sábado, 9 de abril de 2016





MEDIOS DE APLICACIÓN DE LA MEDIACIÓN COMO UNO DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS


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 La mediación como uno de los métodos alternativos de solución de conflictos tiene diferentes campos de aplicación a saber: ámbito familiar, escolar y judicial. Sin embargo podemos aplicar la mediación para resolver conflictos comunitarios,vecinales,laborales o en organizaciones.

Otros ámbitos de aplicación podemos identificarla en la mediación intercultural (Nierkens, Krumeich, De Ridder y Van- Dogen, 2002) o mediación social en contextos multi-culturales, entendida como una modalidad de intervención de y terceras partes en y sobre situaciones sociales de multiculturalidad orientada hacia la consecución del reconocimiento del otro y el acercamiento de las partes, la comunicación afectiva y la comprensión mutua, la regulación de conflictos y la adecuación institucional entre actores sociales e institucionales etno-culturalmente diferenciados (Gimé- nez, 1997; Tan, 2002), y la mediación en el acogimiento familiar y en la adopción (Ripol-Millet y Rubiol, 1990). 

Ya que tenemos este importante recurso para solucionar cualquier tipo de conflicto podemos citar la siguiente frase que nos hace reflexionar:


''Los conflictos existen siempre, no tratéis de evitarlos sino de entenderlos''Ling Yutan


 
Alcober de la Hera,La Mediacion como estrategia para la Resolucion de Conflictos:Una Perspectiva Psicosocial.Obtenido de http://adrresources.com/docs/adr/2-4-287/La%20mediac%C3%B3n%20como%20estrategia.pdf
 
Imagen recuperada  de:https://www.google.com/search?q=la+mediacion+de+conflictos&biw=1440&bih=711&noj=1&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwjMx5qR9oLMAhXHGj4KHa53DzgQ_AUIBygB#imgrc=KYWIRLF70sLDeM%3A

Editado por Carmen Arango

 


viernes, 8 de abril de 2016

ESTRATEGIAS DE LA NEGOCIACIÓN


En este video se explica claramente cuales estrategias de negociación podemos usar cuando se nos presenten conflictos:






Editado por Carmen Arango Navia


CLASES DE CONCILIACIÓN

 

 

Dependiendo del momento al cual se acuda o de la calidad del conciliador, la conciliación se suele clasificar en judicial y extrajudicial.


CONCILIACIÓN JUDICIAL

Es aquella que tiene lugar dentro del proceso judicial correspondiente, ya sea como instancia obligatoria o como mecanismo voluntario.

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Es aquella que se realiza con la finalidad de terminar un litigio presente o sustraerse de uno eventual. Esta conciliación tiene carácter eminentemente preventivo, deberá ser voluntaria y generalmente ocurre previamente a la iniciación del respectivo proceso judicial. La conciliación se acostumbra tramitar ante los centros de conciliación y tiene la virtud de que si no se logra un acuerdo total sobre las diferencias, al menos suple la conciliación judicial, ahorrándose esta instancia procesal.Es importante tenerse en cuenta que la conciliación es extrajudicial por el simple hecho de realizarse fuera de proceso.

SUBCLASIFICACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.

a. CONCILIACIÓN PREJUDICIAL

Conforme a la nueva filosofía de la ley 640 de 2001, puede hablarse de una especie de conciliación extrajudicial en su modalidad de prejudicial y con carácter obligatorio, como prerrequisito para acudir ante la justicia ordinaria o la jurisdicción de lo contencioso.
Esta conciliación se diferencia básicamente de la conciliación extrajudicial, por el hecho de ser obligatoria como acontece actualmente en materia laboral.

b. CONCILIACIÓN EN DERECHO O EN EQUIDAD

El articulo 3° de la ley 640 de 2001 subdivide a la conciliación extrajudicial en conciliación en derecho y en equidad, aclarando que la primera es aquella que se realiza en los centros de conciliación o ante autoridades en cumplimiento de funciones conciliatorias, y la segunda la realizada ante los conciliadores en equidad, de acuerdo con la ley los conciliadores en equidad son ciudadanos de connotadas calidades morales, quienes cumples sus funciones de acuerdo a los principios de informalidad y celeridad, lo cual significa que el conciliador en equidad no queda amarrado a las obligaciones y requisitos previstos de manera general y obligatoria en la conciliación en derecho. Por estas mismas razones no esta sujeto a un control de legalidad previo, como que no requiere conocimientos en derecho, bastando la aplicación del sentido común y la equidad; igualmente el contenido del acta de conciliación resulta completamente elástico. Siempre que el acta contenga el acuerdo, para los efectos de cosa juzgada y mérito ejecutivo bastara la simple firma del conciliador en equidad.

c. CONCILIACIÓN INSTITUCIONAL

La conciliación institucional es aquella realizada en un centro de conciliación debidamente por el ministerio de interior y de justicia, aplicando su reglamento, en las sedes institucionales adaptadas especialmente para prestar el servicio publico de conciliación, bajo la administración, inspección y vigilancia del respectivo centro.
Esta conciliación se realiza por los funcionarios internos o funcionarios permanentes del centro de conciliación o por los conciliadores externos inscritos en su lista, que la ley denomina conciliadores de centros de conciliación.
Tomado de https://diegozpy.wordpress.com/2013/05/05/la-conciliacion-judicial-y-extrajudicial/

Editado por Carmen Arango Navia





 

LA CONCILIACIÓN

 

 

La conciliación es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

La conciliación es un acto jurídico en el cual intervienen sujetos con capacidad jurídica y distintos intereses y en donde su consentimiento y voluntad están dirigidos directamente a dar por terminada una obligación o una relación jurídica, a modificar un acuerdo existente o a crear situaciones o relaciones jurídicas nuevas que beneficien a ambas partes.

De esta manera, la visión de la conciliación como institución jurídica la enmarca dentro de una nueva forma de terminación de procesos judiciales que actúa con independencia y autonomía de este trámite y que consiste en intentar ante un tercero neutral un acuerdo amigable que puede dar por terminadas las diferencias que se presentan. Se constituye así esta figura en un acto jurídico, por medio del cual las partes en conflicto se someten antes de un proceso o en el transcurso de él, a un tramite conciliatorio con la ayuda de un tercero neutral y calificado que puede ser el juez, otro funcionario publico o un particular a fin de que se llegue a un acuerdo que tendrá los efectos de cosas juzgada y prestará mérito ejecutivo.

Es importante detenerse en los efectos del acuerdo conciliatorio con el fin de hacer claridad sobre sus alcances: En primer lugar, el acta de conciliación hace tránsito a cosa juzgada, es decir que los acuerdos adelantados ante los respectivos conciliadores habilitados por ley, aseguran que lo consignado en ellos no sea de nuevo objeto de debate a través de un proceso judicial o de otro mecanismo alternativo de solución de conflictos. El efecto mencionado busca darle certidumbre al derecho y proteger a ambas partes de una nueva acción o una nueva sentencia, es la renovación de la autoridad del acuerdo conciliatorio que al tener la facultad de no volver a ser objeto de discusión, anula todos los medios de impugnación que puedan modificar lo establecido en él.

De otra parte el acta de conciliación presta mérito ejecutivo dentro de los términos de los artículos 78 del Código Procesal del Trabajo y 66 de la Ley 446 de 1998, esto es que cuando el acta de conciliación contenga una obligación clara, expresa y exigible, será de obligatorio cumplimiento para la parte que se imponga dicha obligación. En caso de incumplimiento total o parcial de lo acordado por parte de uno de los conciliantes, la autoridad judicial competente podrá ordenar su cumplimiento conforme a lo dispuesto en la Ley 446 de 1998, dando efectividad a los acuerdos.

En general la conciliación se presenta como una oportunidad que la ley otorga a las partes para que restablezcan sus ánimos a través de una figura que puede ser de carácter judicial o extrajudicial y a la que voluntariamente se someten a raíz de un conflicto con el fin de darle existencia a un acto siempre que los derechos sean susceptible de transacción, desistimiento o conciliación.
Tomado de http://conciliacion.gov.co/portal/conciliacion/conciliacion-definicion 


Editado por Carmen Arango Navia

 

jueves, 7 de abril de 2016

FRASES DE MANEJO DE CONFLICTOS




-      Las revoluciones no son sobre trivialidades, pero se generan con trivialidades (Aristóteles)

-          Todos hervimos a diferentes temperaturas. (Emerson )

-          Las opiniones no pueden sobrevivir, si uno no tiene la oportunidad de luchar por ellas. (Thomas Mann)

-          El objetivo de una discusión o de una diferencia, no deberá ser la victoria, sino el progreso. (Joseph Joubert)

-          Le debemos todo nuestro conocimiento, no a aquellos que han estado de acuerdo, sino a aquellos que han discrepado.(Charles Caleb Colton)

-          Las dificultades están para crecer, no para desfallecer ante ellas. El espíritu humano debe crecer con el conflicto. (William Ellery Channing)

-          Los últimos sonidos escuchados en un mundo sin sentido serán las voces de dos seres tratando de lanzar una nave espacial casera y discutiendo sobre a donde deberán dirigirse después. (William Faulkner)

-     Si usted es el Jefe y sus subalternos le discuten abiertamente cuando ellos consideran que usted está equivocado, eso es sano. Si ellos pelean entre ellos enfrente suyo por lo que creen es cierto, eso es sano. No obstante mantenga el ojo puesto en los conflictos. (Robert Towsend)



PUBLICADO POR NANCY TORRES
      http://compromiso.org/inicio/